29.10.17

Sarthou y la polémica: totalitarismo y totaliterismo


2a quincena, octubre 2017



La imputación dirigida contra Hoenir Sarthou en el semanario Brecha1 no presenta carácter de “protesta” -en el sentido reivindicativo del término- consustancial a la acusación, según la escena en su conjunto. Ni de parte del imputado ni de parte de los impugnadores. Sarthou no se presenta como abanderado de una causa cuyo anclaje suscite el sentimiento, sino ante todo como un crítico del presente, de forma que a partir de una composición de lugar que hace consigo mismo moviliza, caso por caso, la lectura y por tanto la decisión propia de los destinatarios que espera persuadir. Estas intervenciones no se vinculan como tales a los intereses de un medio profesional o a una colectividad, sino a la participación en un órgano de opinión y en emisiones radiales o registros audiovisuales, que difunden las opiniones de Sarthou entre otras. Por lo tanto lo que se cuestiona (por vía igualmente crítica) en la impugnación que le dirigen Neves y Corti, no es un clamor de justicia personal o grupal, sino un protagonismo de opinión formalmente postulada. Incluso tanto la acusación como las tomas de posición del imputado cunden por canales mediáticos. Estamos por consiguiente ante un contexto íntegramente mediático y crítico, tal como lo requiere la denominación “Criminalización mediática de la crítica” (postulada en distintos trabajos vinculados a la misma problemática) antes que la precedente y ya incorporada en el uso: “Criminalización de la protesta”.

Cabría por lo tanto preguntarse si en este caso se cumple asimismo una “criminalización”. Desde el punto de vista mediático no parece ser el caso, en cuanto las dinámicas de criminalización por vía periodística presentan una intervención gravitante del sistema de medios, que a través de una “reacción en cadena” genera una figura culpable en la opinión pública, que se manipula con ese fin.

Los distintos antecedentes de criminalización presentan esos ribetes, por ejemplo, si nos limitamos a nuestro país, en el caso de la ocupación del Codicen (2015) o en el de la “asonada” en la Suprema Corte de Justicia (2013), o incluso en el caso de las intervenciones del grupo Plenaria y Justicia en distintos tipos de denuncias, protestas o actos de repudio (“escraches”). En todos los casos el perfil imputable que se estigmatiza, a través de un conjunto gravitante de medios, corresponde a grupos o individuos signados por una condición atávica y malsana de marginalidad jurídica y política, rotulados con el término “radicales”. El adjetivo se toma en préstamo (y no por casualidad) de la concepción “poliárquica” (es decir, liberal-elitista) estadounidense.

En el caso de la imputación de Sarthou por parte de Neves y Corti, no se produce una reacción en cadena de medios, sino que la polémica queda circunscripta a dos medios de prensa (los semanarios Brecha y Voces) y ciertos ecos en las “redes sociales”, incluso después de las respuestas del imputado2 y de la defensa de este último que ha hecho Alfredo García,3 en nombre de principios democráticos. Ambas partes modulan, por otro lado, recaudos de expresión que sobre ciertas aristas posibles liman las imputaciones recíprocas. Por consiguiente cabe entender que se trata de una polémica limitada a determinado sector de opinión, en particular la tradición vinculada a la izquierda fundacional y a la lucha contra el Estado totalitario, prohijado en el Uruguay por la Guerra Fría. Asimismo un contexto sectorial compartido explica la contienda, en cuanto las posiciones que Sarthou ha desarrollado, en particular con relación a la “agenda de derechos” y a su componente feminista, han superado ampliamente -tomando un giro amenazante para cierta hegemonía-4 el marco de las alianzas que algunos sectores de movimientos sociales y el propio partido de gobierno se proponen fortalecer entre la opinión pública.

Pocos días después de iniciada la polémica con Aníbal Corti, el mismo Sarthou viene a ser imputado a través de una audición radial de antisemitismo, en cuanto sostuvo, con relación a las inscripciones sobre el Memorial del Holocausto, sucedidas recientemente en Montevideo, que no correspondía mancillar un monumento público, más allá de que cada uno debiera poder expresar libremente su opinión sobre una revisión histórica del Holocausto.5

La concentración de puntos de mira polémicos en una misma persona la posicionan, con el signo ideológico que se quiera, en determinado lugar de visibilidad pública. Pero H. Sarthou no pertenece a partido o institución colectiva ninguna, al menos con destaque público, como no sea el semanario Voces. Lo propio ocurre con su principal contradictor, Aníbal Corti, al menos si nos atenemos a los perfiles públicos de uno y otro.

Esta polémica presenta, por consiguiente, dos elementos anómalos pero significativos con relación a la “criminalización mediática de la crítica”: por un lado se desenvuelve enteramente en el campo de una conjunción entre medios y crítica, por otro lado no representa el involucramiento de sectores gravitantes del sistema de medios (en particular la radio y la televisión, pero tampoco un conjunto significativo de órganos de prensa en papel, incluso, periódicos electrónicos). Cabe por lo tanto suponer- bajo los debidos recaudos de observación y análisis, que este enfrentamiento entre polemistas, así como el perfil ideológico anómalo de Sarthou (entre inscripción de izquierda e imputaciones de connivencia con la derecha más conservadora), anuncian transformaciones en curso en la estructura de la opinión pública.

La total-iteración

Cierto ámbito mediático rodea una disputa entre particulares poco visible para el “Gran Público” (que Wolton vinculaba con el auge de la TV abierta), mientras en el escenario mundial se diluyen progresivamente los atributos de la soberanía en el plano institucional -por ejemplo, ante el desafío catalán, al tiempo que se encuentra cuestionada la hegemonía occidental -en particular, ante el surgimiento de potencias en Oriente. Esta situación se traduce, tanto en Europa como en los EEUU, por el rebrote de planteos totalitarios que prosperaron entre las dos guerras. En el caso del Uruguay estas tendencias han adoptado un carácter reflejo y vinculado a la escena mundial, por lo que el tema de la disputa desde un semanario (Brecha) al otro (Voces) también se articula, aunque de forma refractada, con ese escenario europeo y estadounidense de una remoción de registros de opinión.

Ultimamente se ha prestado especial atención a la reaparición de grupos de signo nazi-fascista en distintos países de Europa. Este rebrote no debe ser entendido como mera reacción autoritaria, lo que nos llevaría a la clásica -y fallida- lectura del fascismo como “reivindicación de un principio de autoridad suprema”, según una versión del poder obsoleta: como lo sostuvo Foucault, el poder no existe fuera de la sociedad, sino en el propio cuerpo social.6 En el presente todo poder supone, de forma aguda o no, la proyección tecnológica, perspectiva que permite enfocar tanto los sesgos totalitarios que se manifiestan por sectores, como la condición mediática de la disputa por la opinión publica.

Se cumplen en estos días dos años desde la publicación en este blog de “Medios de Dominación”.7 La publicación retomaba el texto oportunamente presentado en el evento Foro contra la criminalización de la protesta,8 que asimismo fue publicado en registro audiovisual del evento por ADES-Montevideo. Posteriormente Revista de Ensayos publicó los contenidos de esa intervención con modificaciones de estructura y planteo.9 En el mes de julio pasado quien suscribe presentó la ponencia “Criminalización mediática de la crítica en el Uruguay”, en el X Congreso de ULEPICC (Unión Latina de Economía Política de la Información, la Comunicación y la Cultura) que tuvo lugar en la ciudad de Quito. Finalmente sesionó en las Jornadas Académicas de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, que tuvieron lugar en setiembre pasado, el Grupo de Trabajo “Criminalización mediática de la crítica”, que contó con 4 ponencias y en total 11 participantes.

La denominación adoptada para ese Grupo de Trabajo transforma otra ya ampliamente acuñada: “criminalización de la protesta”. Se incorporan al antiguo título dos aspectos que lo potencian: por un lado se agrega el adjetivo “mediática”, que delimita en mayor medida el objeto de que se trata, por otro lado “protesta” es substituido por “crítica”, que atribuye un rango mayor al objeto de la criminalización.

La modificación adoptada surge de un relieve significativo de la hipótesis avanzada: la preponderancia que adquiere el vínculo mediado tecnológicamente habilita a postular que la escena política gravita en torno a la vinculación “a distancia”, es decir, mediada artefactualmente. Una presentación de la actualidad gobernada por los mismos medios convierte, asimismo, toda crisis en objeto de crítica y todo acontecimiento en una oportunidad para la crítica. La diferencia entre la crítica y la protesta es cardinal, ya que mientras la crítica supone y requiere la decisión, la protesta puede permanecer en la indignación. Esta diferencia entre pasar de un estado de opinión a otro y encontrarse afectado por un estado de cosas, supone un cambio de condición y de régimen, en los asuntos que involucran al común de los individuos.

Mientras la protesta supone un ciclo que envuelve a un cierto número de participantes y los compromete con una circunstancia que los afecta, la crítica exige de cada quién ser parte de un pronunciamiento multilateral y singular al mismo tiempo, de forma que lo común no precede, sino que prosigue a la participación. En varios trabajos se ha señalado que esa diferencia, entre el régimen de una participación por pertenencia y una participación por decisión, se manifiesta a través de la transformación del término “mediatización”.10 En la teoría social del siglo XVIII, es decir, del siglo en cuyo transcurso se forma la opinión pública como protagonista de la Ilustración, “mediatizar” se vinculaba al despotismo, habilitado por el derecho y la fuerza pública para excluir a quien fuera del vínculo común, encarcelándolo. Con el ascenso de las tecnologías mediáticas, el término “mediatización” ha pasado a significar el ingreso de un sentido en un canal programado de emisión.

La emisión programada captura el sentido y no el enunciador, de forma que éste ya se encuentra ante una decisión tomada cuando pretende ingresar en el vínculo que sea. Lo compartido por el común surge de antemano, por consiguiente, “mediado como interacción” (entre individuos) tanto como “mediatizado como sentido” (en la máquina),11 circunstancia poco feliz para la libertad si se la considera, con el criterio primigenio, como actividad de liberación. Una situación antropológica de esta índole edifica, según Virilio, un “Panóptico de luz”, donde ya no son necesarios muros de hormigón, porque la imagen que “media entre las interacciones” ya le dice, a cada quién, a que conviene aspirar.

Si se lee con ese criterio acontecimientos como el desalojo del Codicen en 2015, protagonizado por agentes policiales munidos de cámaras filmadoras, tanto como de instrumentos de protección y represión, se puede proyectar con verosimilitud la hipótesis de una “mediatización” (en el sentido tecnológico del término) de los asuntos del común. Pero el criterio teórico adoptado (“criminalización mediática de la crítica”) no se presenta general respecto al asunto, tiene que transitar como “dominante” entre los rasgos principales de la observación, sin poder tomarla a cargo en la integridad de su objeto, ya que ciertos elementos propios de la “protesta” permanecen incrustados en el conjunto observable (por ejemplo en el caso del desalojo del Codicen, el componente económico de la “revuelta estudiantil”).

El totalitarismo (en los distintos signos políticos que adoptó) requiere la totalización del sentido. De ahí que necesite admitir y excluir de forma perentoria y sin atenuantes. Es como tal totalización del sentido, un régimen de significación de la representación moderna. En cuanto esta no opera, como la representión clásica, con un criterio de equivalencia (propio a la matematización de la naturaleza) sino con un criterio de delegación objetiva (en francés el sentido filosófico “representación” se vincula ante todo con el reflexivo “se representer” -por ejemplo en Descartes- y no cunde definitivamente sino a partir del influjo del alemán Vorstellung hacia fines del siglo XIX).12 Por esa razón le es necesario (al régimen de significación de la representación moderna) totalizar la atribución de sentido en que se inscribe (“la realidad”), para otorgarle contenido particular a la delegación objetiva (propia a la razón moderna y no a la “derecha”, la “izquierda” o el “centro”). Tal genealogía de la racionalidad explica que el nazismo, los regímenes totalitarios pro-occidentales que surgen durante la Guerra Fría -particularmente en el cono sur de América Latina-, el estalinismo soviético o el período de los Khmers Rojos en Camboya representen por igual regímenes totalitarios, más allá de los emblemas ideológicos con que se embanderaron.

En la actualidad la atribución de sentido se desarrolla bajo un régimen de programación artefactual, de forma que puede prescindirse de la naturalización de la significación en un campo objetivo. En cuanto la realidad ingresa en un registro "virtual”, implica, como lo ha señalado Derrida, la "realidad implacable” de un “presente supuesto”13 y por consiguiente una “hiper-presentación” (desde el momento que el prefijo “hiper” denota la condición virtual, por ejemplo: “hipervínculo”). El totalitarismo de la razón moderna se prolonga, al presente, a través de un régimen de significación que orienta el sentido desde la propia programación del canal que lo emite y por consiguiente, totaliza por la propia proyección mediática del artefacto. La totalización mediática determina, asimismo, que la verdad se incorpore a cierto régimen de enunciación, programación y difusión de la significación, en el que ingresa paulatinamente el conjunto social y cada uno desde su ámbito particular. Para incorporarse a este régimen mediático que totaliza la verdad en razón de una artefactualidad (lo que llamamos “red de redes”), no es necesario ser experto en “nuevas tecnologías”, ni menos “nerd”, en cuanto la gestación de la actualidad informativa ya consigna (con-signa), en la recepción individual de cada uno, una condición artefactual de la experiencia.

El término que corresponde a tal alteración del régimen de verdad por artefactualización es “iterar”, que significa, para todo contexto (Derrida dixit) la repetición que altera.14 Así se puede programar la criminalización de toda opinión ajena, desde que se la pueda encuadrar en un contexto previamente diseñado por el artefacto: a piacere del imputador. Es posible elegir en la tienda de bestiarios distintos perfiles: fascista, misógino, corrupto, pedófilo, etc. No es necesario totalizar el sentido en un campo de realidad natural, sino que se puede incluso total-iterarlo en una “isla de edición”. El totaliterismo perfecciona el totalitarismo, en cuanto permite programar, desde cierta distancia de pantalla,15 que rostro en particular queda excluido, admitido, o inclusive, convenientemente exterminado.

1 Brecha publicó sobre Sarthou dos artículos en la misma edición: Neves, S. “Museo de grades novedades” Brecha (13/10/17) https://brecha.com.uy/museo-grandes-novedades/ y Corti, A. “Tercera posición” Brecha (13/10/17) https://brecha.com.uy/tercera-posicion/
2 Sarthou, H. “Brecha y la izquierda cosmética Voces (18/10/17) http://semanariovoces.com/brecha-la-izquierda-cosmetica-hoenir-sarthou/ 
3García, A. “Disparen sobre el columnista” Voces (18/10/17)
http://semanariovoces.com/editorial-vocesdisparen-columnista/
4Se anunció recientemente la revisión de la “Guía de Educación Sexual” promovida desde el ámbito gubernamental, ante múltiples protestas, cuyo inicio se vincula a un cuestionamiento periodístico por parte de Sarthou.
5Marchese, M. “Hoenir Sarthou, el Holocausto y la libertad”, Uy.press, Montevideo http://www.uypress.net/auc.aspx?80938,152 
6 Foucault, M. “Las confesiones de Michel Foucault” (entrevistas de Roger Pol-Droit) pp.11-12 http://www.taciturno.be/IMG/pdf/entrevista_foucault.pdf
8 Foro Contra la Criminalización de la Protesta, 6 de noviembre de 2015, Sindicato de Artes Gráficas, Montevideo.
9 Viscardi, R. “Pánico mediático y criminalización de la protesta” (2017) Revista de Ensayos No 4, 83-88, Montevideo.
10Viscardi, R. “La mediatización en la comunicación artefactual: algunas interrogantes vinculadas a la cuestión del sentido” ( 2013) Nhengatu, vol. 1, núm. 1 https://www.aacademica.org/ricardo.g.viscardi/2.pdf 
11Viscardi, R. Op.cit.
12Lalande, A. (1983) Vocabulaire technique et critique de la philosophie, PUF, Paris, pp.921-922.
13Derrida, J. (1998) Ecografías de la televisión (entrevistas de B.Stiegler), Eudeba, Buenos Aires, p.19.
14Derrida, J. “Firma acontecimiento y contexto” (extracto) p.8 
https://filologiaunlp.files.wordpress.com/2012/01/firma-acontecimiento-y-contexto.pdf 
15“Pantalla” del alemán antiguo “panzer-teile” (visera del yelmo), según el diccionario etimológico de Corominas.