Sarthou
y la polémica: totalitarismo y totaliterismo
2a
quincena, octubre 2017
La
imputación dirigida contra Hoenir Sarthou en el semanario Brecha1
no presenta carácter de “protesta” -en el sentido reivindicativo
del término- consustancial a la acusación, según la escena en su
conjunto. Ni de parte del imputado ni de parte de los impugnadores.
Sarthou no se presenta como abanderado de una causa cuyo anclaje
suscite el sentimiento, sino ante todo como un crítico del presente,
de forma que a partir de una composición de lugar que hace consigo
mismo moviliza, caso por caso, la lectura y por tanto la decisión
propia de los destinatarios que espera persuadir. Estas
intervenciones no se vinculan como tales a los intereses de un medio
profesional o a una colectividad, sino a la participación en un
órgano de opinión y en emisiones radiales o registros
audiovisuales, que difunden las opiniones de Sarthou entre otras. Por
lo tanto lo que se cuestiona (por vía igualmente crítica) en la
impugnación que le dirigen Neves y Corti, no es un clamor de
justicia personal o grupal, sino un protagonismo de opinión
formalmente postulada. Incluso tanto la acusación como las tomas de
posición del imputado cunden por canales mediáticos. Estamos por
consiguiente ante un contexto íntegramente mediático y crítico,
tal como lo requiere la denominación “Criminalización mediática
de la crítica” (postulada en distintos trabajos vinculados a la
misma problemática) antes que la precedente y ya incorporada en el
uso: “Criminalización de la protesta”.
Cabría
por lo tanto preguntarse si en este caso se cumple asimismo una
“criminalización”. Desde el punto de vista mediático no parece
ser el caso, en cuanto las dinámicas de criminalización por vía
periodística presentan una intervención gravitante del sistema de
medios, que a través de una “reacción en cadena” genera una
figura culpable en la opinión pública, que se manipula con ese fin.
Los
distintos antecedentes de criminalización presentan esos ribetes,
por ejemplo, si nos limitamos a nuestro país, en el caso de la
ocupación del Codicen (2015) o en el de la “asonada” en la
Suprema Corte de Justicia (2013), o incluso en el caso de las
intervenciones del grupo Plenaria y Justicia en distintos tipos de
denuncias, protestas o actos de repudio (“escraches”). En todos
los casos el perfil imputable que se estigmatiza, a través de un
conjunto gravitante de medios, corresponde a grupos o individuos signados
por una condición atávica y malsana de marginalidad jurídica y
política, rotulados con el término “radicales”. El adjetivo se
toma en préstamo (y no por casualidad) de la concepción
“poliárquica” (es decir, liberal-elitista) estadounidense.
En
el caso de la imputación de Sarthou por parte de Neves y Corti, no
se produce una reacción en cadena de medios, sino que la polémica
queda circunscripta a dos medios de prensa (los semanarios Brecha
y Voces) y ciertos ecos en las “redes sociales”, incluso
después de las respuestas del imputado2
y de la defensa de este último que ha hecho Alfredo García,3
en nombre de principios democráticos. Ambas partes modulan, por otro
lado, recaudos de expresión que sobre ciertas aristas posibles liman
las imputaciones recíprocas. Por consiguiente cabe entender que se
trata de una polémica limitada a determinado sector de opinión, en
particular la tradición vinculada a la izquierda fundacional y a la
lucha contra el Estado totalitario, prohijado en el Uruguay por la
Guerra Fría. Asimismo un contexto sectorial compartido explica la
contienda, en cuanto las posiciones que Sarthou ha desarrollado, en
particular con relación a la “agenda de derechos” y a su
componente feminista, han superado ampliamente -tomando un giro
amenazante para cierta hegemonía-4
el marco de las alianzas que algunos sectores de movimientos sociales
y el propio partido de gobierno se proponen fortalecer entre la
opinión pública.
Pocos
días después de iniciada la polémica con Aníbal Corti, el mismo
Sarthou viene a ser imputado a través de una audición radial de
antisemitismo, en cuanto sostuvo, con relación a las inscripciones
sobre el Memorial del Holocausto, sucedidas recientemente en
Montevideo, que no correspondía mancillar un monumento público, más
allá de que cada uno debiera poder expresar libremente su opinión
sobre una revisión histórica del Holocausto.5
La
concentración de puntos de mira polémicos en una misma persona la
posicionan, con el signo ideológico que se quiera, en determinado
lugar de visibilidad pública. Pero H. Sarthou no pertenece a partido
o institución colectiva ninguna, al menos con destaque público,
como no sea el semanario Voces. Lo
propio ocurre con su principal contradictor, Aníbal Corti, al menos
si nos atenemos a los perfiles públicos de uno y otro.
Esta
polémica presenta, por consiguiente, dos elementos anómalos pero
significativos con relación a la “criminalización mediática de
la crítica”: por un lado se desenvuelve enteramente en el campo de
una conjunción entre medios y crítica, por otro lado no representa
el involucramiento de sectores gravitantes del sistema de medios (en
particular la radio y la televisión, pero tampoco un conjunto
significativo de órganos de prensa en papel, incluso, periódicos
electrónicos). Cabe por lo tanto suponer- bajo los debidos recaudos
de observación y análisis, que este enfrentamiento entre
polemistas, así como el perfil ideológico anómalo de Sarthou
(entre inscripción de izquierda e imputaciones de connivencia con la
derecha más conservadora), anuncian transformaciones en curso en la
estructura de la opinión pública.
La
total-iteración
Cierto
ámbito mediático rodea una disputa entre particulares poco visible
para el “Gran Público” (que Wolton vinculaba con el auge de la
TV abierta), mientras en el escenario mundial se diluyen
progresivamente los atributos de la soberanía en el plano
institucional -por ejemplo, ante el desafío catalán, al tiempo que
se encuentra cuestionada la hegemonía occidental -en particular,
ante el surgimiento de potencias en Oriente. Esta situación se
traduce, tanto en Europa como en los EEUU, por el rebrote de planteos
totalitarios que prosperaron entre las dos guerras. En el caso del
Uruguay estas tendencias han adoptado un carácter reflejo y
vinculado a la escena mundial, por lo que el tema de la disputa desde
un semanario (Brecha) al otro (Voces) también se articula, aunque
de forma refractada, con ese escenario europeo y estadounidense de
una remoción de registros de opinión.
Ultimamente
se ha prestado especial atención a la reaparición de grupos de
signo nazi-fascista en distintos países de Europa. Este rebrote no
debe ser entendido como mera reacción autoritaria, lo que nos
llevaría a la clásica -y fallida- lectura del fascismo como
“reivindicación de un principio de autoridad suprema”, según
una versión del poder obsoleta: como lo sostuvo Foucault, el poder
no existe fuera de la sociedad, sino en el propio cuerpo social.6
En el presente todo poder supone, de forma aguda o no, la proyección
tecnológica, perspectiva que permite enfocar tanto los sesgos
totalitarios que se manifiestan por sectores, como la condición
mediática de la disputa por la opinión publica.
Se
cumplen en estos días dos años desde la publicación en este blog
de “Medios de Dominación”.7
La publicación retomaba el texto oportunamente presentado en el
evento Foro contra la criminalización de la protesta,8
que asimismo
fue publicado en registro
audiovisual del evento por
ADES-Montevideo. Posteriormente Revista de Ensayos
publicó los contenidos de esa intervención
con modificaciones de
estructura y planteo.9
En el mes de julio pasado
quien suscribe presentó la ponencia “Criminalización mediática de
la crítica en el Uruguay”, en el X Congreso de ULEPICC (Unión
Latina de Economía Política de la Información, la Comunicación y
la Cultura) que tuvo lugar en la ciudad de Quito. Finalmente sesionó
en
las Jornadas Académicas de la Facultad de Humanidades y
Ciencias de la Educación, que
tuvieron lugar en setiembre pasado, el
Grupo de Trabajo “Criminalización mediática de la crítica”,
que contó con 4 ponencias y en total 11 participantes.
La
denominación adoptada para
ese Grupo de Trabajo
transforma otra ya ampliamente acuñada: “criminalización de la
protesta”. Se incorporan al antiguo título dos aspectos que lo
potencian: por un lado se agrega el adjetivo “mediática”, que
delimita en mayor medida el objeto de que se trata, por otro lado
“protesta” es substituido por “crítica”, que atribuye un
rango mayor al objeto de la criminalización.
La
modificación adoptada surge de un relieve significativo de la
hipótesis avanzada: la preponderancia que adquiere el vínculo
mediado tecnológicamente habilita a postular que la escena política
gravita en torno a la vinculación “a distancia”, es decir,
mediada artefactualmente. Una presentación de la actualidad
gobernada por los mismos medios convierte, asimismo, toda crisis en
objeto de crítica y todo acontecimiento en una oportunidad para la
crítica. La diferencia entre la crítica y la protesta es cardinal,
ya que mientras la crítica supone y requiere la decisión, la
protesta puede permanecer en la indignación. Esta diferencia entre pasar de un estado de opinión a otro y encontrarse afectado
por un estado de cosas, supone un cambio de condición y de régimen,
en los asuntos que involucran al común de los individuos.
Mientras
la protesta supone un ciclo que envuelve a un cierto número de
participantes y los compromete con una circunstancia que los afecta,
la crítica exige de cada quién ser parte de un pronunciamiento
multilateral y singular al mismo tiempo, de forma que lo común no
precede, sino que prosigue a la participación. En varios trabajos se
ha señalado que esa diferencia, entre el régimen de una
participación por pertenencia y una participación por decisión, se
manifiesta a través de la transformación del término
“mediatización”.10
En la teoría social del siglo XVIII, es decir, del siglo en cuyo
transcurso se forma la opinión pública como protagonista de la
Ilustración, “mediatizar” se vinculaba al despotismo, habilitado
por el derecho y la fuerza pública para excluir a quien fuera del
vínculo común, encarcelándolo. Con el ascenso de las tecnologías
mediáticas, el término “mediatización” ha pasado a significar
el ingreso de un sentido en un canal programado de emisión.
La
emisión programada captura el sentido y no el enunciador, de forma
que éste ya se encuentra ante una decisión tomada cuando pretende
ingresar en el vínculo que sea. Lo compartido por el común surge de
antemano, por consiguiente, “mediado como interacción” (entre
individuos) tanto como “mediatizado como sentido” (en la
máquina),11
circunstancia poco feliz para la libertad si se la considera, con el
criterio primigenio, como actividad de liberación. Una situación
antropológica de esta índole edifica, según Virilio, un “Panóptico
de luz”, donde ya no son necesarios muros de hormigón, porque la
imagen que “media entre las interacciones” ya le dice, a cada
quién, a que conviene aspirar.
Si
se lee con ese criterio acontecimientos como el desalojo del Codicen
en 2015, protagonizado por agentes policiales munidos de cámaras
filmadoras, tanto como de instrumentos de protección y represión,
se puede proyectar con verosimilitud la hipótesis de una
“mediatización” (en el sentido tecnológico del término) de los
asuntos del común. Pero el criterio teórico adoptado
(“criminalización mediática de la crítica”) no se presenta
general respecto al asunto, tiene que transitar como “dominante”
entre los rasgos principales de la observación, sin poder tomarla a
cargo en la integridad de su objeto, ya que ciertos elementos propios
de la “protesta” permanecen incrustados en el conjunto observable
(por ejemplo en el caso del desalojo del Codicen, el
componente económico de la “revuelta estudiantil”).
El
totalitarismo (en los distintos signos políticos que adoptó)
requiere la totalización del sentido. De ahí que necesite admitir y
excluir de forma perentoria y sin atenuantes. Es como tal
totalización del sentido, un régimen de significación de la
representación moderna. En cuanto esta no opera, como la
representión clásica, con un criterio de equivalencia (propio a
la matematización de la naturaleza) sino con un criterio de
delegación objetiva (en francés el sentido filosófico
“representación” se vincula ante todo con el reflexivo “se
representer” -por ejemplo en Descartes- y no cunde definitivamente
sino a partir del influjo del alemán Vorstellung hacia fines
del siglo XIX).12
Por esa razón le es necesario (al régimen de significación de la
representación moderna) totalizar la atribución de sentido en que
se inscribe (“la realidad”), para otorgarle contenido particular
a la delegación objetiva (propia a la razón moderna y no a la
“derecha”, la “izquierda” o el “centro”). Tal genealogía
de la racionalidad explica que el nazismo, los regímenes
totalitarios pro-occidentales que surgen durante la Guerra Fría
-particularmente en el cono sur de América Latina-, el estalinismo
soviético o el período de los Khmers Rojos en Camboya
representen por igual regímenes totalitarios, más allá de los
emblemas ideológicos con que se embanderaron.
En
la actualidad la atribución de sentido se desarrolla bajo un régimen
de programación artefactual, de forma que puede prescindirse
de la naturalización de la significación en un campo objetivo. En cuanto la
realidad ingresa en un registro "virtual”, implica, como lo ha señalado Derrida, la "realidad implacable” de un “presente supuesto”13
y por consiguiente una “hiper-presentación” (desde el momento
que el prefijo “hiper” denota la condición virtual, por ejemplo:
“hipervínculo”). El totalitarismo de la razón moderna se
prolonga, al presente, a través de un régimen de significación que
orienta el sentido desde la propia programación del canal que lo
emite y por consiguiente, totaliza por la propia proyección
mediática del artefacto. La totalización mediática
determina, asimismo, que la verdad se incorpore a cierto régimen de
enunciación, programación y difusión de la significación, en el
que ingresa paulatinamente el conjunto social y cada uno desde su
ámbito particular. Para incorporarse a este régimen mediático que
totaliza la verdad en razón de una artefactualidad (lo que
llamamos “red de redes”), no es necesario ser experto en “nuevas
tecnologías”, ni menos “nerd”, en cuanto la gestación de la
actualidad informativa ya consigna (con-signa), en la recepción
individual de cada uno, una condición artefactual de la
experiencia.
El
término que corresponde a tal alteración del régimen de verdad por
artefactualización es “iterar”, que significa, para todo
contexto (Derrida dixit) la
repetición que altera.14
Así se puede programar la criminalización de toda opinión
ajena, desde que se la pueda encuadrar en un contexto previamente
diseñado por el artefacto: a piacere del imputador. Es
posible elegir en la tienda de bestiarios distintos perfiles:
fascista, misógino, corrupto, pedófilo, etc. No es necesario
totalizar el sentido en un campo de realidad natural, sino que se
puede incluso total-iterarlo en una “isla de
edición”. El totaliterismo perfecciona el
totalitarismo, en cuanto permite programar, desde cierta distancia
de pantalla,15
que rostro en particular queda excluido, admitido, o inclusive,
convenientemente exterminado.
1 Brecha
publicó sobre Sarthou dos artículos en la misma edición: Neves,
S. “Museo de grades novedades” Brecha
(13/10/17) https://brecha.com.uy/museo-grandes-novedades/
y Corti, A. “Tercera posición” Brecha
(13/10/17)
https://brecha.com.uy/tercera-posicion/
2 Sarthou,
H. “Brecha y la izquierda cosmética” Voces
(18/10/17)
http://semanariovoces.com/brecha-la-izquierda-cosmetica-hoenir-sarthou/
3García,
A. “Disparen sobre el columnista” Voces
(18/10/17)
http://semanariovoces.com/editorial-vocesdisparen-columnista/
http://semanariovoces.com/editorial-vocesdisparen-columnista/
4Se
anunció recientemente la revisión de la “Guía de Educación
Sexual” promovida desde el ámbito gubernamental, ante múltiples
protestas, cuyo inicio se vincula a un cuestionamiento periodístico
por parte de Sarthou.
5Marchese, M. “Hoenir Sarthou, el Holocausto y la libertad”, Uy.press, Montevideo http://www.uypress.net/auc.aspx?80938,152
5Marchese, M. “Hoenir Sarthou, el Holocausto y la libertad”, Uy.press, Montevideo http://www.uypress.net/auc.aspx?80938,152
6
Foucault, M. “Las confesiones de Michel Foucault” (entrevistas
de Roger Pol-Droit) pp.11-12
http://www.taciturno.be/IMG/pdf/entrevista_foucault.pdf
7
“Medios de dominación”
http://ricardoviscardi.blogspot.com.uy/2015/11/mediosde-dominacion-1-1a.html
8
Foro Contra la Criminalización de la Protesta, 6 de
noviembre de 2015, Sindicato de Artes Gráficas, Montevideo.
9
Viscardi, R. “Pánico mediático y criminalización de la
protesta” (2017) Revista de Ensayos No 4, 83-88,
Montevideo.
10Viscardi,
R. “La mediatización en la comunicación artefactual: algunas
interrogantes vinculadas a la cuestión del sentido” ( 2013)
Nhengatu,
vol. 1, núm. 1 https://www.aacademica.org/ricardo.g.viscardi/2.pdf
13Derrida,
J. (1998) Ecografías de la televisión (entrevistas
de B.Stiegler), Eudeba, Buenos Aires, p.19.
14Derrida,
J. “Firma acontecimiento y contexto” (extracto) p.8
https://filologiaunlp.files.wordpress.com/2012/01/firma-acontecimiento-y-contexto.pdf
https://filologiaunlp.files.wordpress.com/2012/01/firma-acontecimiento-y-contexto.pdf
15“Pantalla”
del alemán antiguo “panzer-teile” (visera del yelmo), según
el diccionario etimológico de Corominas.